{"id":896,"date":"2019-04-08T12:21:00","date_gmt":"2019-04-08T11:21:00","guid":{"rendered":"http:\/\/www.globalpiso.es\/blog\/?p=896"},"modified":"2019-04-08T16:42:44","modified_gmt":"2019-04-08T15:42:44","slug":"gastos-en-la-venta-de-una-vivienda","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.globalpiso.es\/blog\/gastos-en-la-venta-de-una-vivienda\/","title":{"rendered":"Gastos en la venta de una vivienda"},"content":{"rendered":"<p><a href=\"https:\/\/www.globalpiso.es\/blog\/wp-content\/uploads\/2019\/04\/gastos-vivienda.jpg\"><img decoding=\"async\" loading=\"lazy\" class=\"size-full wp-image-897 alignleft\" src=\"https:\/\/www.globalpiso.es\/blog\/wp-content\/uploads\/2019\/04\/gastos-vivienda.jpg\" alt=\"Gastos Vivienda\" width=\"400\" height=\"300\" srcset=\"https:\/\/www.globalpiso.es\/blog\/wp-content\/uploads\/2019\/04\/gastos-vivienda-200x150.jpg 200w, https:\/\/www.globalpiso.es\/blog\/wp-content\/uploads\/2019\/04\/gastos-vivienda-300x225.jpg 300w, https:\/\/www.globalpiso.es\/blog\/wp-content\/uploads\/2019\/04\/gastos-vivienda.jpg 400w\" sizes=\"(max-width: 400px) 100vw, 400px\" \/><\/a>Cuando queremos vender una vivienda, nos encontramos con una serie de <strong>gastos inesperados<\/strong> quiz\u00e1 para muchos, o que no hab\u00edamos sabido prevenir. Para no toparnos con semejantes sorpresas poco agradables, lo mejor es que nos informemos al respecto.<\/p>\n<p>Los gastos en la <a href=\"https:\/\/www.globalpiso.es\/venta\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">venta de una vivienda<\/a> ascienden a bastante m\u00e1s que la mera elecci\u00f3n de intermediarios o las comisiones de la agencia, si es que hemos escogido alguna. Sin embargo, se pueden resolver con facilidad y sencillez, evitando <strong>complicaciones legales<\/strong>. Adem\u00e1s, no tienen por qu\u00e9 suponer ning\u00fan desembolso astron\u00f3mico.<\/p>\n<p>La transmisi\u00f3n de la propiedad inmobiliaria est\u00e1 sometida a un meticuloso tejido legislativo en cualquier pa\u00eds, y por supuesto, tambi\u00e9n en Espa\u00f1a. Pero, sin necesidad de entrar en tan interminable y sinuoso laberinto jur\u00eddico, podemos conocer los aspectos fundamentales de los gastos en la venta de una vivienda.<\/p>\n<p>Naturalmente, la fiscalidad y el sistema tributario desempe\u00f1an un papel fundamental en este aspecto, por los grav\u00e1menes que existen para la propiedad inmobiliaria y su transmisi\u00f3n.<\/p>\n<h2><\/h2>\n<h2><\/h2>\n<h2><strong>Impuestos en la venta de una vivienda<\/strong><\/h2>\n<p>Se han de pagar tres <strong>impuestos en la venta de una vivienda<\/strong>. La plusval\u00eda obtenida en la transmisi\u00f3n de la propiedad inmueble es el elemento primordial para la fijaci\u00f3n de los tributos de esta naturaleza. Pero \u00bfqui\u00e9n paga la plusval\u00eda? Para responder a esta pregunta, hay que tener presente que estos tributos forman parte de los principales gastos en la venta de una vivienda, y son los siguientes:<\/p>\n<ul>\n<li><strong>Plusval\u00eda estatal<\/strong>, de Hacienda o del Impuesto sobre la Renta de las Personas F\u00edsicas, tambi\u00e9n conocida como ganancia patrimonial. Dado que la venta de una vivienda se considera legalmente (ya desde el mismo C\u00f3digo Civil) una transmisi\u00f3n patrimonial a t\u00edtulo lucrativo, el Estado exige el pago un porcentaje de la plusval\u00eda generada en la compraventa. Por esta raz\u00f3n, la venta de una propiedad inmueble debe quedar reflejada en la declaraci\u00f3n anual de la renta del propietario y vendedor.<\/li>\n<li>Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, o <strong>IIVTNU<\/strong>. Tambi\u00e9n denominado plusval\u00eda municipal. Su gesti\u00f3n corresponde al Ayuntamiento correspondiente de all\u00e1 donde se encuentre la vivienda que se transmite. Su tipo impositivo no podr\u00e1 exceder del 30%. Este tributo ha sido muy pol\u00e9mico, porque se basaba en una plusval\u00eda imaginaria que no necesariamente se cumpl\u00eda: es decir, se cobraba presuponiendo una ganancia patrimonial, incluso en los casos en que realmente supon\u00eda una p\u00e9rdida. Pero finalmente, por sentencia del Tribunal Supremo, ya no es necesario pagar este impuesto cuando la transmisi\u00f3n haya supuesto una p\u00e9rdida patrimonial (cuando la vivienda se vende por menos dinero de aquel por el que se compr\u00f3).<\/li>\n<li>Recibo del<strong> IBI<\/strong>. El Impuesto de Bienes Muebles deber\u00e1 ser tributado por aquel que sea el propietario del inmueble el 1 de enero del a\u00f1o corriente, no del a\u00f1o siguiente. As\u00ed, si la vivienda ha sido ya vendida el primer d\u00eda del a\u00f1o, el IBI habr\u00e1 de pagarlo el comprador. No obstante, una sentencia del Tribunal Supremo ha establecido que el vendedor podr\u00e1 repercutir al comprador una parte proporcional del impuesto por los d\u00edas pendientes de pago del IBI hasta que finalice el a\u00f1o fiscal corriente.<\/li>\n<\/ul>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<h2><strong>\u00bfCu\u00e1nto se paga de plusval\u00eda?<\/strong><\/h2>\n<p>Las plusval\u00edas en la compraventa inmobiliaria consisten en el c\u00e1lculo de la diferencia porcentual entre el precio de la venta y el de la compra. As\u00ed pues, la cantidad pagada depende de cada caso concreto. Veamos c\u00f3mo se calcula esto en lo referente a la <strong>plusval\u00eda estatal<\/strong>:<\/p>\n<ul>\n<li>Primeros 6.000 euros de ganancia: hay que pagar el 19,5% de plusval\u00eda.<\/li>\n<li>De 6.000 a 50.000 euros de ganancia: el 21,5%.<\/li>\n<li>Cantidades que sobrepasen los 50.000 euros: el 23,5%.<\/li>\n<\/ul>\n<p>La <strong>plusval\u00eda municipal<\/strong> se calcula sobre el valor catastral de la vivienda (que se ha disparado en los \u00faltimos a\u00f1os, lo que ha provocado que el impuesto haya subido de manera vertiginosa), y est\u00e1 regulado por el Real Decreto Legislativo del texto refundido de la Ley de Haciendas Locales. Se puede reclamar su devoluci\u00f3n cuando la venta ha generado p\u00e9rdida patrimonial o minusval\u00eda.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s de todo lo ya se\u00f1alado, hay que tener en cuenta los gastos de la <strong>notar\u00eda<\/strong> y del <strong>registrador<\/strong> de la propiedad, ya que la propiedad ha de transmitirse de forma jur\u00eddicamente fehaciente, y ha de constar tambi\u00e9n en el correspondiente registro con valor de fe p\u00fablica.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Se puede emplear un simulador de gastos en la venta de una vivienda, pero lo m\u00e1s adecuado siempre es consultar a profesionales en el mercado inmobiliario. As\u00ed es como se puede realizar, del modo m\u00e1s sencillo y menos traum\u00e1tico posible, la venta de una propiedad inmobiliaria, sin preocuparnos tanto de los gastos en la venta de una vivienda, en un mercado y un contexto legal tan complejo como el de hoy d\u00eda.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Cuando queremos vender una vivienda, nos encontramos con una serie de gastos inesperados quiz\u00e1 para muchos, o que no hab\u00edamos sabido prevenir. Para no toparnos con semejantes sorpresas poco agradables, lo mejor es que nos informemos al respecto. Los gastos en la venta de una vivienda ascienden a bastante m\u00e1s que la mera elecci\u00f3n de intermediarios o las comisiones de la agencia, si es que hemos escogido alguna. Sin embargo, se pueden resolver con facilidad y sencillez, evitando complicaciones legales. 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