¿Cuáles son los errores al poner una vivienda en alquiler?

poner en alquiler un piso

Tener una vivienda en propiedad es muy común para la mayoría de personas de nuestro país. Somos un país de propietarios, aunque esta tendencia va cambiando muy poco a poco ya sea por cuestiones económicas o por un cambio de compra al alquiler. Sea como sea, y según datos, más del 75% de los residentes en España tienen vivienda en propiedad y no es de extrañar que en más de una ocasión se hayan planteado poner en alquiler su piso.

Nos hallamos en pleno apogeo del mercado del arrendamiento inmobiliario, y es precisamente por esta efervescencia por lo que a menudo las gestiones realizadas son, por así decirlo, inapropiadas. La inexperiencia de muchas personas da lugar a diversos errores al poner una vivienda en alquiler, que les colocan en una situación vulnerable en lo que respecta a sus derechos como arrendadores y a los beneficios que podrían obtener en consecuencia.

Por eso, es muy necesario que nos informemos sobre tales derechos y sobre la forma correcta de poner en alquiler un piso o casa. De este modo, evitaremos los indeseables errores al poner una vivienda en alquiler.

Aspectos a tener en cuenta antes de alquilar una vivienda

Es absolutamente preciso que barajemos una serie de aspectos antes de poner en alquiler un piso o casa en las actuales condiciones (efervescentes, dinámicas, fluctuantes) del siempre turbulento mercado inmobiliario. Tales aspectos serían:

  • La Ley de Arrendamientos Urbanos 29/1994, de 24 de noviembre, y sus reformas posteriores. La legislación sobre la materia ha ido variando, y es necesario que nos familiaricemos con ella. En algunas páginas y sitios web, la información es insuficiente al respecto o se invocan normas obsoletas. La más célebre reforma fue la Ley 4/2013, de 4 de junio, de medidas de flexibilización y fomento del mercado de alquiler, donde, como todos sabemos, se disminuía considerablemente el límite mínimo legal de duración del contrato, entre otros pormenores de importancia. No obstante, es fundamental que sepamos que acaba de sobrevenir hace escaso tiempo (vigencia desde el 6 de marzo y convalidación por la Diputación Permanente del Congreso el 3 de abril) la última reforma de la LAU. Se trata del Real Decreto-ley 7/2019, procedimiento legislativo de urgencia del Gobierno Sánchez por el que se modifican de nuevo las condiciones del arrendamiento inmobiliario.
  • Evitar la falta de información al respecto. Por ello es básico conocer el marco legal y normativo al que aludimos arriba.
  • Es preciso actuar con prudencia, rapidez y eficacia. La demanda del mercado de la vivienda en arrendamiento está ahora mismo completamente desbordado, y es fácil que la persona en principio interesada, “deserte” hacia otras ofertas por nuestra demora, ineficiencia, o excesivas y abusivas exigencias. Seamos cuidadosos en este punto.
  • Dar con el inquilino adecuado evitará muchas sorpresas a la hora de poner en alquiler un piso. Ten en cuenta que la persona sea respetuoso con la comunidad, haga los pagos a tiempo y trate el inmueble como si fuera su casa. Evidentemente, son cosas que no podemos saber de antemano, pero si podemos comprobar si está dispuesto a aportar datos respecto a su solvencia o facilitarnos el contacto con el anterior arrendador.
  • Determina la duración del contrato que debes pactar con el inquilino. La duración mínima de un arrendamiento de vivienda suele fijarse en un año e ir renovando. Con la nueva normativa se fija de tres a cinco años cuando el arrendador sea una persona física y de siete año cuando se trate de una empresa.
  • La renta a pagar y los plazos en los que se haga. Normalmente se establece un pago mensual dentro de los primeros siete días de cada mes.
  •  Otro punto a tener en cuenta es el precio por el alquiler de tu vivienda. Si es la primera vez que lo haces, debes infórmate del alquiler de inmuebles de similares características. Para ello puedes realizar un estudio del mercado o contratar a una agencia para que te asesore al respecto.

 

Pero ¿cuáles son los errores más frecuentes al alquilar una vivienda?

La experiencia es la madre de la ciencia, y la precipitación y la excesiva confianza, engendran a la necedad. Para quien estas palabras le puedan parecer meros floripondios ornamentales, que prueba a caer en una de estas varias trampas nada infrecuentes entre arrendadores:

  • Imprudencia. No contar con la opinión de expertos en el mercado inmobiliario o precipitarse demasiado a la hora de fijar un precio y unas determinadas condiciones, puede hacernos perder la ocasión de oro para lograr las mejores ventajas y los mejores inquilinos posibles dentro de la demanda que tengamos.
  • No tener en cuenta el momento en que alquilamos y el lugar. Por factores de lo más variopintos (cambios de gobierno, variaciones en los mercados de inversión, etc) podemos creer que nos hallamos en el mejor momento, pero lo cierto es que el mundo inmobiliario es sumamente voluble y tornadizo. Ojo a esto.
  • Ser demasiado exigentes. Por la sobrecarga de oferta de hoy día, la tendencia es la de lo que vulgarmente se está llamando ya “el cásting de inquilinos”. Exigir un excesivo nivel de ingresos en relación al precio final del arrendamiento mensual, imponer prohibiciones innecesarias al hipotético usuario de la vivienda, o pedir demasiadas garantías económicas previas, son algunos de los errores que, si se llevan al extremo, pueden hacernos perder a unos buenos inquilinos o provocar que tengamos que esperar más de la cuenta para conseguir otros que puedan ajustarse a un perfil razonable.
  • No contratar un seguro. No hace falta insistir en el hecho de que nuestra vivienda puede sufrir daños imprevistos, y que además las reparaciones corren de cuenta del arrendador, ya desde el Código Civil, base del Derecho privado del país. No contratar previamente un seguro es uno de los más torpes errores al poner en alquiler una vivienda.

 

Así pues, seamos prudentes y razonables, pues, como muy bien decían los romanos, prudentia prima virtutis est.

2020-03-13T10:29:52+01:00 2020/03/12 |Dudas frecuentes|